sábado, 23 de noviembre de 2013

LA "LEY DE RETRIBUCIÓN"

LEY DE RETRIBUCIÓN

La “Ley de Retribución” es una subsidiaria del Principio de “Causa y Efecto” y la “Ley del Karma”, que enuncia:
“Los beneficios recibidos hay que retribuirlos en agradecimiento para no perderlos”.

Por recibir la “Enseñanza Espiritual” y todos los beneficios que ésta pueda dar, como Dotes Espirituales, bendiciones y sacramentos, si son reales y efectivos, no se cobran ni se pide nada a cambio.

Por las dádivas directas del espíritu no se puede recaudar nada, porque son como la luz del sol, el beneficio del aire, que son cosas vitales, sin ellos nos moriríamos, y las ofrece Dios sin pedir nada  a cambio;
pero la gente consciente le retribuye a la vida estos beneficios, practicando la caridad, haciendo favores, enseñando la Ley o prestándole servicio al prójimo.

De esta manera, nunca faltará lo bueno que se recibe.

Rubén Cedeño; “Siete Principios Universales”.

Loto Dorado Corp & Señor del Aconcagua Ediciones.

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